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Se considera arrendamiento de vivienda aquel que se constituye sobre una edificación habitable destinada a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario, viniendo éste obligado al pago de una renta diaria, mensual o anual, entre otras obligaciones.
Contrato de arrendamiento por el que la parte arrendataria para garantizar su obligación de pago de la renta o cantidades asimiladas a la renta, presenta aval o garantía emitida por entidad bancaria que cubre el posible impago de rentas.
Contrato de arrendamiento de finca urbana cuyo uso va a ser destinado para ejercer en él una actividad industrial, comercial, artesanal, profesional, recreativa, cultural, asistencial o docente.
Contrato de arrendamiento por el que se cede un espacio dentro de un local o nave para aparcar un vehículo.
Contrato de arrendamiento de un inmueble que no va a satisfacer las necesidades permanentes de vivienda del arrendatario por constituir una segunda residencia o de temporada.
Contrato de arrendamiento de un inmueble que no va a satisfacer las necesidades permanentes de vivienda del arrendatario por constituir una segunda residencia o de temporada.
Contrato de arrendamiento por el que transcurrido un plazo de tiempo obligatorio desde la firma del contrato de arrendamiento, las partes acuerdan que la parte arrendataria podrá rescindir unilateralmente el presente contrato, con un preaviso de un mes, sin que por ello el arrendatario se vea obligado a abonar las rentas que quedaren por vencer a la fecha de la entrega de llaves y posesión de la vivienda al arrendador y sin que tenga que abonar indemnización o penalización alguna prevista por este motivo.
Contrato de arrendamiento por el que la parte arrendataria se reserva el derecho de ejercitar la opción de compra en un plazo determinado y por un cierto precio.
Contrato de arrendamiento en el que la vivienda objeto de arrendamiento está sujeta a las prohibiciones y limitaciones derivadas del régimen de Viviendas Protegidas y por consiguiente, que las condiciones de utilización sean las señaladas en la calificación definitiva, no pudiendo exceder los precios de renta de los límites establecidos.
Importante: La parte arrendadora ha de poner a disposición del arrendatario un ejemplar del contrato, debidamente visado por la Conserjería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
Contrato de arrendamiento con duración pactada de un año, a contar desde el otorgamiento del presente contrato, prorrogable, a voluntad de la parte arrendataria, por periodos anuales sucesivos hasta un periodo de cinco años en total.
Contrato por el que la parte vendedora se obliga a entregar el bien inmueble de su propiedad a la parte compradora, y ésta se obliga a pagar por tal bien, un cierto precio en dinero o signo que lo represente.
Precontrato de compraventa, por el que el comprador entrega al vendedor una suma de dinero que sin constituir el total del precio, contiene todos los elementos del contrato definitivo: los nombres del vendedor y comprador, la descripción del bien inmueble que será objeto de la compraventa, el precio del inmueble objeto venta, las condiciones de pago del precio y de la celebración del acto de la compraventa.
Precontrato de compraventa, por el que el comprador entrega al vendedor una suma de dinero que sin constituir el total del precio, contiene todos los elementos del contrato definitivo: los nombres del vendedor y comprador, la descripción del bien inmueble que será objeto de la compraventa, el precio del inmueble objeto venta, las condiciones de pago del precio y de la celebración del acto de la compraventa.
